TEORIA ETICA SOCIAL

Los derechos políticos se reservan a los nacionales, pero la ley podrá conceder a los extranjeros residentes en Colombia el derecho al voto en las elecciones y consultas populares de carácter municipal o distrital.

2.3.3 Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte la Nación.

Los límites señalados en la forma prevista por esta Constitución, sólo podrán modificarse en virtud de tratados aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República.

Forman parte de Colombia, además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos que le pertenecen.

También son parte de Colombia, el subsuelo, el mar territorial, la zona contigua, la plataforma continental, la zona económica exclusiva, el espacio aéreo, el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa, de conformidad con el Derecho Internacional o con las leyes colombianas a falta de normas internacionales.

  • El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la Nación.
  • Colombia propenderá por la creación de un estado público mundial regido por el Derecho social mundial consagrado jurídicamente en una constitución mundial reglamentada por la ley mundial.

2.4 DEL ESTATUTO CONSTITUCIONAL REGLAMENTARIO

2.4.1 Se crea el ESTATUTO REGLAMENTARIO CONSTITUCIONAL con los siguientes códigos que contendrán toda la reglamentación de la constitución nacional unificada:

A) CODIGO CIVIL

En este código se integraran y editaran los actuales código civil, código del comercio y código sustantivo del trabajo, así como otros de naturaleza afín.

CAPITULO I.

OBJETO Y FUERZA DE ESTE CODIGO

ARTICULO 1º. La constitución nacional es el contrato fundamental, mediante el cual, los colombianos asociados civilmente como Republica asociativa, entidad jurídica internacional, contratan con el estado creado, la prestación de servicios administrativos, para lograr el desarrollo social integral.

ARTICULO 2º. El Código Civil reglamenta la constitución nacional en cuanto a los derechos fundamentales, políticos y económicos de los colombianos.

ARTICULO 3º. Considerado este Código en su conjunto en cada uno de los títulos, capítulos y artículos de que se compone, forma la regla establecida por el poder popular legislativo colombiano, a la cual es un deber de los particulares ajustarse en sus asuntos civiles, que es lo que constituye la ley o el derecho civil nacional.

CAPITULO II.

DE LA LEY

ARTICULO 4º. Ley es una declaración de la voluntad soberana manifestada en la forma prevenida en la Constitución Nacional. Las leyes escritas consagran, otorgan y anulan derechos, establecen obligaciones, imponen responsabilidades y penas, de acuerdo a unas condiciones, unas limitaciones y unos controles, mediante un conjunto de normas y reglamentos, clasificados y agrupados en códigos que conforman la estructura jurídica y constitucional de la nación.

ARTICULO 5º. Delito es contravenir la constitución y la ley, actuar en contra de ella u omitirla por ignorancia o inconsciencia. El Código Penal es el que define los delitos y les señala penas.

ARTICULO 6º. La sanción penal legal, dictada por un juez o autoridad competente, es el castigo que se impone a quien comete un delito, así como la autorización o aprobación que se da a alguien, por sus actos. En materia civil son nulos los actos ejecutados contra expresa prohibición de la ley, si en ella misma no se dispone otra cosa. Esta nulidad, así como la validez y firmeza de los que se arreglan a la ley, constituyen suficientes penas y recompensas, aparte de las que se estipulan en los contratos.

ARTICULO 7º. Sanción constitucional, es un acto solemne para elevar a la categoría de leyes, los proyectos acordados por el poder popular legislativo de la nación, previo concepto de la corte constitucional.

ARTICULO 8º. La costumbre en ningún caso tiene fuerza contra la ley. No podrá alegarse el desuso para su inobservancia, ni práctica, por inveterada y general que sea.

ARTICULO 9º. La ignorancia o inconsciencia de las leyes no sirve de excusa. No podrá alegarse ignorancia o inconsciencia de la ley para excusarse de cumplirla, después de que esté en observancia, según los artículos anteriores.

B) CODIGO ESTATAL

El estado socialista, es una entidad seria y primordial para garantizar un orden social democrático, solidario, equitativo y de justicia, que requiere el mayor compromiso, capacidad profesional y ética de todos sus miembros, en orden a su jerarquía y responsabilidad.

Para ser funcionario público se deben establecer requisitos acerca de las capacidades, conocimientos y profesionalidad.

B1) CODIGO DEL PODER POPULAR LEGISLATIVO

-para pertenecer a la asamblea popular legislativa y a la junta administrativa de barrio o vereda, debe ser mayor a 21 años, haber terminado el bachillerato, la formación básica tecnológica y haber cumplido con la práctica del servicio social obligatorio.

-para pertenecer a la asamblea popular legislativa y a la junta administrativa de comuna o corregimiento, departamento y región, además de los requisitos para barrio o vereda, debe haber estudiado derecho social, la constitución y la ley.

-para ser miembro de la congreso nacional popular permanente legislativo y al concejo de estado, además de los anteriores requisitos, debe estar registrado en el INSTITUTO NACIONAL DE LA POLITICA PUBLICA, haber estudiado ingeniería social, habiendo cursado y aprobado materias como administración, derecho social, sociología, economía, estadística orientada a la población, historia, geografía, filosofía y ética.

B2) CODIGO DEL PODER SOCIAL ECONOMICO

-Estará conformado por un comité nacional que agrupe y estén representadas todos los gremios productivos de Colombia

B3) CODIGO DEL PODER SOCIAL ADMINISTRATIVO EJECUTIVO

-para pertenecer a la junta administradora local ( JAL) y de barrio o vereda, debe ser mayor a 21 años, haber terminado el bachillerato, la formación básica tecnológica y haber cumplido con la práctica del servicio social obligatorio.

-para pertenecer a la junta administrativa de comuna o corregimiento, departamento y región, además de los requisitos para barrio o vereda, debe haber estudiado derecho social, la constitución y la ley.

-para ser miembro del gobierno nacional, además de los anteriores requisitos, debe estar registrado en el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, haber estudiado ingeniería social, habiendo cursado y aprobado materias como administración, derecho social, sociología, economía, estadística orientada a la población, historia, geografía, filosofía y ética.

B5) CODIGO DEL PODER DEL CONTROL SOCIAL

- La contabilidad nacional registrara todas las transacciones de las empresas, entidades, instituciones del estado y de las empresas civiles financiadas por el estado como inversor social, con la tecnología del blockchain para que ese registro sea en línea y de forma instantánea.

-La contraloría será la entidad interventora en todas las obras públicas y proyectos del gobierno.

-La fiscalía será dirigida por un triunvirato elegido entre cinco funcionarios alternativos (alternados) para hacer parte del triunvirato.

-para ser miembro de los tribunales judiciales de comuna o corregimiento, debe ser mayor a 21 años

de edad, haber estudiado el bachillerato, la formación tecnológica en derecho social, constitución y ley, y haber cumplido con la práctica del servicio social obligatorio.

-para ser miembro del órgano judicial a nivel municipal, departamental y regional, debe ser profesional en derecho social, la constitución y la ley.

-similares requisitos para los miembros de la procuraduría, personería. Para la contraloría, además del derecho, debe conocer la contabilidad pública. Para los directivos de las fuerzas armadas, además de su profesión militar, deben conocer el derecho social, la constitución y la ley.

-para la veeduría ciudadana, ser mayor a 21 años, ser bachiller, tecnólogo en algún oficio o profesión y haber cumplido con la práctica del servicio social obligatorio.

-para la corte constitucional se requiere todas las anteriores, más el conocimiento del derecho público internacional.

C) CÓDIGO INTERNACIONAL


D) CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL

· PROCEDIMIENTO CONSTITUCIONAL

El poder popular legislativo se conformara por el conjunto de las asambleas comunales formadas con delegados de cada barrio que la conforman, a través de las juntas de acción comunal, convocadas por un movimiento social nacional donde confluyan las personas y los grupos o partidos políticos que acojan el proyecto de la nueva constitución nacional. Esta asamblea nacional popular constituyente, aprobara la constitución nacional y el nuevo orden social establecido en ella. Las asambleas comunales elegirán delegados a las asambleas municipales populares legislativas, delegados de las asambleas municipales nombraran delegados a las asambleas departamentales, estas a las regionales y estas a la asamblea nacional popular legislativa o congreso nacional popular legislativo. La función de las asambleas comunales será la de presentar proyectos que servirán de base para que el congreso nacional elabore las leyes y el plan nacional de desarrollo, pasando por las asambleas municipales, departamentales, regionales y nacional. El poder popular legislativo contara con un concejo asesor a nivel nacional.

La nueva constitución nacional, las reformas constitucionales y las leyes de carácter nacional serán aprobadas por la mayoría de las asambleas populares municipales. Cada municipio es un voto, el cual será aprobado por la mayoría de las asambleas comunales y corregimientos, estos a su vez, su voto será aprobado por la mayoría de los votos de los barrios o veredas de cada municipio, cuyo voto será aprobado por la mayoría de los habitantes en cada barrio o vereda.

2.4.2 Los partidos, grupos y movimientos políticos, deben realizar mesas de concertación con la comunidad organizada de cada barrio y vereda de cada comuna de todos los municipios de Colombia, para elaborar su proyecto de gobierno. La comunidad se asesorara para elaborar el plan nacional de desarrollo y crear un banco de proyectos socializados a nivel nacional para priorizar lo urgente y lo necesario.

© 2018 Heavy Lab. Todos los derechos reservados.
Creado con Webnode
¡Crea tu página web gratis! Esta página web fue creada con Webnode. Crea tu propia web gratis hoy mismo! Comenzar