TEORIA ETICA SOCIAL
Equilibrio y estabilidad, con el poder popular legislativo, que responde las
preguntas sobre las necesidades de la nación, la comunidad y los individuos en
el plan de desarrollo nacional y la elaboración de las leyes, por parte de sus
representantes directos a los niveles de las entidades territoriales que son la
comuna, el municipio, el departamento y La región, condensadas y consolidadas a
nivel nacional por el congreso nacional popular permanente.
Orientación, con el poder social administrativo ejecutivo, que toma decisiones con base en el plan de desarrollo nacional elaborado por el poder popular legislativo, y el presupuesto elaborado por el poder social económico. Con la concatenación de ellos, elabora un proyecto nacional de desarrollo, priorizando lo urgente y necesario. Después de ser revisado y aprobado por el consejo de estado, lo ejecuta a nivel nacional, con la juntas administrativas de las respectivas entidades territoriales, comuna, municipio, departamento, y región, conformadas por funcionarios elegidos por votación popular, con los cargos de director o presidente, vicepresidente, secretario, fiscal, tesorero y teniendo como vocales, los miembros de los comités del poder del control social en cada entidad territorial, y a nivel nacional con el consejo de estado como autoridad suprema del poder social administrativo ejecutivo.
Control, con el poder del control social, que aplica el derecho social contenido en la constitución y la ley reglamentada en los diferentes códigos por la jurisprudencia de los jueces de la nación y la corte constitucional, con unión y concordancia entre los organismos del control social como son el órgano judicial, la procuraduría, la contraloría, la fiscalía, la personería, la veeduría ciudadana y las fuerzas militares, organizadas en comités para cada entidad territorial, comuna. Municipio, departamento, región y a nivel nacional en la corte suprema de justicia y la corte constitucional como autoridades supremas.
- El nuevo estado contara con cuatro (4) poderes sociales:
El poder popular legislativo, el poder social administrativo ejecutivo, el poder social económico, el poder del control social.
- El poder popular legislativo se conformara como una institución legislativa nacional, por el conjunto de las asambleas comunales formadas con delegados de cada barrio que la conforman, a través de las juntas de acción comunal, convocadas por un movimiento social nacional donde confluyan las personas y los grupos o partidos políticos que acojan el proyecto de la nueva constitución nacional. Esta asamblea nacional popular constituyente, aprobara la constitución nacional y el nuevo orden social establecido en ella. Las asambleas comunales elegirán delegados a las asambleas municipales populares legislativas, delegados de las asambleas municipales nombraran delegados a las asambleas departamentales, estas a las regionales y estas a la asamblea nacional popular legislativa o congreso nacional popular legislativo. La función de las asambleas comunales será la de presentar proyectos que servirán de base para que el congreso nacional elabore las leyes y el plan nacional de desarrollo, pasando por las asambleas municipales, departamentales, regionales y nacional. El poder popular legislativo contara con un concejo asesor a nivel nacional.
- El poder social económico se conformara como institución económica nacional, con delegados de las entidades, instituciones y empresas tanto estatales como civiles, a través de los gremios, a partir de las actuales cámaras de comercio, en cada comuna, cada municipio, cada departamento, cada región y a nivel nacional contara con un concejo nacional de la economía socialista. Este poder social elaborara el presupuesto nacional que soporte el plan nacional de desarrollo elaborado por el congreso nacional popular legislativo.
- El poder social administrativo-ejecutivo estará conformado como institución política nacional, por las juntas directivas comunales, municipales, departamentales, regionales y a nivel nacional. Contará con el concejo de estado como órgano asesor. Las juntas directivas estarán conformados por cinco miembros principales, un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un fiscal, elegidos por votación popular pública y obligatoria, de planchas elaboradas con miembros del instituto nacional de la política-administración pública, profesionales de carrera administrativa en ingeniería social. Su función será la de ejecutar el plan nacional de desarrollo elaborado por el poder popular legislativo con el presupuesto elaborado por el poder social económico. Podrá presentar proyectos al congreso nacional popular legislativo. Nombrara los ministros y los funcionarios necesarios para cumplir sus funciones.
- El poder del control social como institución jurídica nacional, estará constituido por comités conformados por representantes de los órganos judicial, fiscalía, contraloría, personería, procuraduría, veeduría popular y la fuerza pública, en todos los niveles nacionales, comuna, municipio, departamento, región y nación. Serán los vocales de las juntas administrativas ejecutivas del poder social administrativo-ejecutivo. A nivel nacional la corte suprema de justicia será la máxima autoridad del poder del control social. En cada comuna existirá una dependencia de cada órgano del poder del control social. Tribunales comunitarios del órgano judicial, fiscalía, procuraduría, personería, contraloría, veeduría popular y fuerzas armadas.
- La constitución nacional debe establecer un estado nacional que integre las etnias, razas, tribus, pueblos e individualidades que forman la nación colombiana, como una organización administrativa de orden superior. Frente al estado todos tienen iguales derechos, beneficios, obligaciones y responsabilidades. Los individuos personas naturales, deben hacer parte de organismos jurídicos para ser reconocidos legalmente y obtener sus derechos de acuerdo a su edad y capacidad de la siguiente manera:
- Durante la etapa de su infancia y adolescencia debe pertenecer a un grupo familiar legalmente constituido y reconocido, al nacer se debe inscribir en la registraduria nacional con un número de identificación que le servirá permanentemente.
- Durante su etapa educativa debe pertenecer a una entidad o institución educativa.
- Al cumplir dieciocho (18) años y obtener la mayoría de edad entrara al servicio social obligatorio por un periodo de 3 años. El primer año de formación deportiva, el segundo año formación militar y el tercer año formación productiva básica (mano de obra en empresas de bienes y servicios)
- Al cumplir veintiún años (21) años, obtendrá una cuenta bancaria en una agencia del banco de la república adscrito a la tesorería nacional, como presupuesto para el costo de sus estudios superiores hasta la edad de 30 años.
- A los treinta (30) años debe ingresar a una empresa o proyecto empresarial para aportar su capacidad y conocimiento a la sociedad, recibiendo una compensación o ingreso equitativo, justo y solidario en caso de alguna incapacidad, hasta los cincuenta (50) años.
- A partir de los cincuenta (50) años y hasta su muerte recibirá una pensión social no heredable.
- Los códigos jurídicos harán parte de la constitución nacional y ellos contendrán las leyes que reglamentan la constitución nacional a la luz del derecho social. Toda ley debe quedar inscrita en los códigos, de acuerdo a su naturaleza.
- Código del derecho civil de leyes sobre el derecho fundamental de las personas, sus derechos políticos y sus derechos económicos, las relaciones entre personas naturales y sus contratos.
- Código del derecho público, reglamentado al estado, clasificado o dividido en los poderes sociales:
- Código del poder popular legislativo
- Código del poder social económico
- Código del poder administrativo-ejecutivo
- Código del poder del control social
- Código del derecho internacional
- Código del procedimiento constitucional
- FORO CONSTITUCIONAL. Se abre un foro constitucional sobre este proyecto social denominado Teorema Social, realizando los siguientes pasos;
- Reenviar el archivo tal como le llegue a mínimo tres (3) personas nuevas.
- Enviar a quien se lo envió, una copia con observaciones, comentarios, propuestas o modificaciones tanto al texto del proyecto como al borrador propuesto de constitución nacional.
- Si es posible, adjuntar archivos con trozos de textos contextualizados que sirvan de soporte y enriquezcan el proyecto.
- La patria y la humanidad os compensaran.
- Transformar la actividad presente con base en el pasado, en una actividad presente con base en el futuro proyectado, para desenredar los entuertos y las sin razones históricas y sociales, es la tarea central. En el pasado se encuentran errores y fallas que se siguen cometiendo por ignorancia, omisión o conveniencia. En el proyecto futuro se tendrán que corregir, a partir de una práctica o actividad presente, acorde al futuro proyectado y aceptado, tanto a nivel individual como a nivel colectivo de los que acepten y aprueben este proyecto.

Unión altruista para trabajar por el bien común, usando el suelo patrio para construir vivienda digna para todos los humanos. Labrar la tierra a pico y pala para sembrarla y cosechar alimentos que brinda el paraíso terrenal, del cual han sido expulsados millones de seres humanos por los títulos de propiedad "privada" de terratenientes, monarcas, aristócratas y señores feudales, supuestamente legalizados por las religiones como castigo de dioses implacables e injustos. Recuperar este paraíso terrenal para todos es la gran tarea de la humanidad, unida altruistamente con el conocimiento de la verdad, el sentimiento de amor universal para hallar la sabiduría del creador y sus leyes holísticas, para la materia y el espíritu, perfeccionando la voluntad y evolucionando la conciencia individual y social. Construir el reino de dios en la tierra como en el cielo. Amén!
