TEORIA ETICA SOCIAL
- 3) ¿PARA DONDE VA LA HUMANIDAD?
LA MENTE EVOLUCIONANTE DE LA CONCIENCIA ESPIRITUAL DE LOS HUMANOS VA DE REGRESO HACIA LA MENTE UNIVERSAL DE LA CONCIENCIA ESPIRITUAL CREADORA Y RECEPTORA DEL UNIVERSO, DIOS, ATRAVESANDO ETAPAS DE VIDA CORPORAL PERFECCIONADA EN CADA ETAPA, EN LA MEDIDA QUE CONOZCA, ACEPTE Y PRACTIQUE LAS LEYES ESPIRITUALES, FUNDAMENTALMENTE PRACTICANDO EL ALTRUISMO COMO VECTOR DE SU EVOLUCIÓN PERFECCIONANTE, EL CONOCIMIENTO DE LA VERDAD, LA PRACTICA DEL BIEN COMÚN.
Del canibalismo primitivo, pasando por la esclavitud, el colonialismo y el imperialismo económico capitalista actual, la humanidad lucha por los derechos humanos, por la igualdad, la equidad, la solidaridad, la democracia y la justicia social. Busca construir un nuevo orden social fundamentado en el derecho social.
La ley de la evolución de la conciencia se manifiesta en los cambios ocurridos en la sociedad. La evolución de la conciencia no se detendrá. La lucha entre el ego como programación psicológica y el verdadero yo, el espíritu o simbre como mente rectora del humano, marcara un periodo largo de tiempo, al final del cual, se construirá el comunismo social o reino de dios en la tierra.
El imperialismo capitalista neoliberal, como fase superior del desarrollo del capitalismo, impondrá toda clase de obstáculos al desarrollo del espíritu y la conciencia individual hacia su evolución social y por ende habrá una lucha y oposición permanente.
La educación social tendrá como base la
construcción de organizaciones populares deliberantes de toda índole, en donde
se analicen los fenómenos sociales, se construyan los parámetros de un nuevo
orden social, se construya la teoría de una nueva ética social, se aprendan los
avances científicos, se formen los lideres para el cambio, se creen las bases o
fundamentos y principios de una nueva constitución nacional, las leyes
reglamentarias y el derecho social contenido en ellos.

El pensamiento y la teoría cooperativa, nace con el capitalismo como un organismo económico de los trabajadores para ayudarse mutuamente, solidariamente, sin ánimo de lucro individual capitalista, para adquirir bienes y servicios de consumo familiar a precios más bajos. Las cooperativas, las asociaciones, fondos de empleados, empresas comunitarias, juntas civiles y otras organizaciones con ánimo de lucro social conforman la economía social solidaria como un tercer sector junto a la economía pública y a la privada capitalista. La economía social solidaria, representa el embrión de un nuevo modelo de sistema u organización social alternativa entre el sistema capitalista dominante y la teoría social comunista.
La economía solidaria es un proyecto de vida social e individual que tiene como base, la teoría cooperativa, asociativa, solidaria y sus diversas organizaciones, a partir de las cuales se da una práctica permanente de desarrollo que en forma constante aporta nuevos elementos para fortalecer la teoría que se presenta como una clara alternativa de desarrollo social e individual frente al modelo capitalista y neoliberal. En la legislación colombiana, la economía solidaria está reglamentada en la ley 454 de 1998, contando con un organismo rector como es la superintendencia de la economía solidaria, a la cual rinden informes anuales todas las entidades del sector, principalmente las cooperativas y sus federaciones y confederaciones.
Estructuralmente, la economía solidaria conforma el tercer (III) sector de la economía nacional, siendo el Estado y el sector privado los otros dos.
Ideológicamente, la economía solidaria se fundamenta en el pensamiento filosófico del humanismo que busca el "desarrollo integral del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía" (Art. 2 ley 454/98), orientada por principios de solidaridad, cooperación y valores éticos.
Políticamente, la economía solidaria es por naturaleza democrática, entendiéndose por democracia "el gobierno de todos en favor de los derechos de todos" consagrados en la constitución nacional.
Jurídicamente, La economía solidaria se rige por el derecho social y en este sentido es grande la tarea para participar en la adaptación de la actual legislación jurídica (sesgada a favor del derecho privado capitalista), a las necesidades y fundamentos de la economía solidaria para establecer una verdadera justicia social.
Económicamente, busca la equidad y el equilibrio social, distribuyendo racionalmente la carga laboral social y el ingreso de las personas naturales para el consumo y el de las personas jurídicas como presupuesto o capital de trabajo, estimulando la autogestión empresarial asociativa civil, luchando por una producción industrial sin contaminación, orgánica, protegiendo el medio ambiente para un desarrollo sustentable, cuyo objetivo principal es la evolución del humano.
El proyecto de Economía solidaria por ser una formación embrionaria, está expuesta a amenazas y posee debilidades, externas e internas, así como también posee fortalezas y se le presentan oportunidades. Igualmente existen neutralidades, las cuales hay que identificar y analizar para planificar su desarrollo junto a las estrategias y tácticas para lograr sus objetivos. La misión de la Economía solidaria es la de construir un nuevo país mediante un proceso de reingeniería social, fundamentado en una filosofía humanista y solidaria, un Derecho y una economía social, enmarcado dentro del concepto teórico de la Democracia total.
La visión de la Economía solidaria es la de integrar las naciones del mundo bajo sus preceptos y principios, particularmente la región Andina Bolivariana para proyectarla como potencia humanista de cara al tercer milenio.
Hasta nuestros días ninguna forma de Estado, de poder social, autoridad o gobierno, ha sido construido para favorecer a toda la población Colombiana. Desde la colonia, el poder social ha estado en pocas manos y ha favorecido a muy pocas familias y personas, dejando a la mayoría de la población excluida de sus derechos, de las posibilidades y oportunidades de progreso en su calidad de vida. Es tarea de la Economía solidaria transformar el estado para potencializar el desarrollo social en beneficio de todos y cada uno de los habitantes de esta nación. Para ello se debe pensar y definir a la nación como una asociación de personas naturales, libres y autónomas para conformar organizaciones de todo tipo como personas jurídicas y entre ellas el estado como suprema organización administrativa de la nación.
Se debe conformar el estado nacional con cuatro poderes:
- A) PODER POPULAR LEGISLATIVO como el gestor, usuario y defensor de la identidad y soberanía nacional con funciones como la de elaborar un banco nacional de proyectos recogiendo y representando las necesidades y las ideas de la comunidad organizada administrativamente en comunas, barrios y veredas, manzanas y cuadras, representada políticamente por asambleas conformadas por delegados elegidos democráticamente desde la asamblea de cuadra cuyos delegados formaran la asamblea de barrio, de estos la asamblea comunitaria, de estos la asamblea municipal, de estos la asamblea departamental, de estos la asamblea regional cuyos delegados formaran la asamblea o congreso nacional, estructurándose de esta manera la ASAMBLEA NACIONAL POPULAR PERMANENTE, la cual contará con un organismo asesor legislativo conformado por profesionales del derecho social, la constitución nacional y la ley. Su función es la de recoger los proyectos provenientes de la asamblea popular permanente, analizarlos, discutirlos, priorizarlos, consultando su viabilidad con el poder económico y trasladar su ejecución al poder ejecutivo en cabeza del gobierno nacional. Debe ser un organismo con estructura nacional de consejos, paralelo a la asamblea nacional popular permanente como un organismo asesor profesional. Sus miembros serán elegidos por concurso nacional promulgado por el estado.
El congreso nacional se conformará por 20 representantes de cada región descentralizada para un total de 100, elegidos por voto popular en cada una de las cinco regiones.
El poder legislativo nacional debe estructurarse a partir de las asambleas comunales, consejos municipales, asambleas departamentales, convenciones regionales y congreso nacional.
- B) PODER SOCIAL ECONOMICO conformado por las organizaciones empresariales agrupadas en tres sectores:
Empresas sociales estatales, empresas civiles sociales solidarias (cooperativas, corporaciones, fundaciones, asociaciones) y empresas civiles particulares (artesanos, microempresarios), representados por delegados agrupados en comités empresariales con estructura nacional.
Se garantizara la libertad de crear empresas como organizaciones asociativas, democráticas y solidarias regidas por la constitución, la ley y el derecho social, gestionadas y administradas por equipos de profesionales tales como ingenieros, administradores de empresas, contadores, tecnólogos, técnicos. Los negocios o empresas artesanales y micro empresariales tendrán una gestión y una administración más personal o individual y serán consideradas como emprendimientos que deben crecer para convertirse en medianas o grandes empresas.
- C) PODER SOCIAL ADMINISTRATIVO EJECUTIVO Su función es la de coordinar y administrar el estado socialista y representar a la nación ante los países del mundo. Conformado por una estructura nacional en cabeza de una junta directiva nacional de nueve personas a saber: presidente, vicepresidente, y siete delegados a cada organismo del poder del control social a saber: judicial, fiscalía, procuraduría, personería, contraloría, veeduría y organismo militar. Esta junta será elegida por votación popular pública, entre los integrantes de la INSTITUCION NACIONAL DE LA POLITICA, donde tendrán que estudiar, graduarse y profesionalizarse en INGENIERIA SOCIAL. Esta junta nombrara los ministros y funcionarios necesarios para administrar el estado, escogidos entre las personas que estén en la carrera administrativa. El presidente será el representante legal del país ante los países del mundo; el vicepresidente será el director del estado nacional.
La base de este poder serán las juntas directivas comunales, las cuales serán elegidas por votación popular democrática y pública. Estará conformada por nueve miembros: un presidente, un vicepresidente y siete delegados a cada organismo comunal del poder del control social a saber: judicial, procuraduría, fiscalía, contraloría, personería, veeduría y organismo militar. Con delegados de estas se conformaran las juntas directivas municipales. Con delegados de estas se conformaran las juntas directivas Departamentales. Con delegados de estas se conformara las juntas directivas regionales.
El consejo de estado será el órgano asesor de este poder administrativo ejecutivo y sus miembros serán seleccionados por carrera administrativa de entre los graduados en la institución nacional de la política, especializados en materia propia de cada organismo.
D) PODER DEL CONTROL SOCIAL integrado por los siguientes organismos: órgano judicial nacional; fiscalía nacional; procuraduría nacional; contraloría nacional; veeduría popular nacional; fuerzas armadas y la personería. Con representantes de cada organismo, se conformaran comités del poder del control social en cada comuna, cada municipio, cada departamento, cada región y a nivel nacional. Con delegados o representante de cada uno de estos organismos se conformara la corte suprema nacional de la justicia social, como ente administrador, regulador y coordinador del poder del control social. La comunidad organizada conformará y constituirá la veeduría nacional popular y las milicias populares en defensa permanente de la soberanía popular democrática. Los funcionarios de este poder serán seleccionados por carrera administrativa de entre los graduados en la institución nacional de la política, especializados en materia propia de cada organismo.
CORTE CONSTITUCIONAL
La corte constitucional será el ente supremo de la administración del estado y del país. Conformado con representantes o delegados del consejo de estado, del consejo nacional de la economía socialista, de la corte suprema nacional de la justicia social y del concejo asesor nacional legislativo.
Se organizara en salas constitucionales donde se reglamentara la constitución nacional y las leyes emitidas por el congreso nacional legislativo, analizara y decidirá en última instancia sobre todos la constitucionalidad de los actos de los funcionarios y sobre los asuntos de la vida nacional.
La corte constitucional funcionara como un consejo superior de administración, clasificada en cuatro salas:
1) sala de asuntos económicos en concordancia con el organismo central del poder social económico;
2) sala de asuntos administrativos ejecutivos en concordancia con el organismo central del poder social administrativo ejecutivo;
3) sala de asuntos legislativos en concordancia con el organismo central del poder legislativo;
4) sala de asuntos del control en concordancia con el organismo central del poder del control social